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Programa de Amnistía

Descripción general

En junio de 2015, el proyecto de ley 85 del Senado añadió la sección 42008.8 al Código de Vehículos para exigir un Programa de Amnistía único para las infracciones al Código de Vehículos y a otros códigos.

El estatuto autoriza y establece las pautas generales para un Programa de Amnistía único en cada condado para las fianzas y las multas que cumplan los requisitos de elegibilidad. La sección exige que el Programa de Amnistía se implemente de acuerdo con las pautas aprobadas por el Consejo Judicial. El Programa de Amnistía funcionará durante 18 meses, del 1.º de octubre de 2015 al 31 de marzo de 2017.

Propósito del Programa de Amnistía

El propósito del Programa de Amnistía único es proporcionar un recurso a las personas que se han encontrado en contravención de una obligación dictada por la corte porque no han podido pagar el monto de la fianza o la multa por infracción adeudada y a quienes se les puede haber suspendido el privilegio de manejar de conformidad con el Código de Vehículos (VC, por sus siglas en inglés), sección 13365.

Elegibilidad

Todas las infracciones al Código de Vehículos y a otros códigos, tanto de adultos como de menores, en las que había que pagar una fianza o una multa a más tardar el 1.º de enero de 2013, pueden acogerse al Programa de Amnistía de Infracciones. Conforme a la sección 42008.8 del Código de Vehículos, los términos "fianza" y "multa" se refieren al monto total de la fianza o al saldo de la multa adeudada en relación con una infracción específica o no del Código de Vehículos. Comuníquese con la corte para determinar su elegibilidad.

Las infracciones solo son elegibles para la amnistía si se cumplen todos los siguientes requisitos:

  1. La contravención es una infracción presentada en la corte.
  2. La fecha de vencimiento inicial para el pago de la fianza o la multa era el 1.º de enero de 2013 o antes.
  • Un caso de falta de comparecencia es elegible para la amnistía si el caso está actualmente en estado de falta de comparecencia y la fecha de comparecencia era el 1.º de enero de 2013 o antes.
  • Un caso de falta en pagar es elegible para la amnistía si la fecha de vencimiento de la multa era el 1.º de enero de 2013 o antes, y el último pago hecho en un plan de pago a plazos o cuentas por cobrar fue el 30 de septiembre de 2015 o antes.
  • El acusado no debe restitución a una víctima en ningún caso dentro del condado.
  • El acusado no tiene órdenes de arresto pendientes por delitos menores o mayores dentro del condado.

No es obligatorio que un acusado solicite la amnistía, pero hay que solicitarla, y tanto el caso como el participante tienen que cumplir los requisitos de elegibilidad antes indicados. Además, el solicitante tendrá que llenar y presentar un formulario de Participación en el momento de la solicitud/pago. Si posteriormente se determina que el participante no es elegible para la amnistía, se le notificará por escrito su inelegibilidad y la fecha de vencimiento del saldo restante, que puede estar sujeto a posteriores actividades de cobranza.

Restablecimiento y expedición de la licencia de manejar

Simultáneamente con el Programa de Amnistía, y solo entre el 1.º de octubre de 2015 y el 31 de marzo de 2017, el Programa de Amnistía puede proporcionar apoyo a las personas que se hayan encontrado en contravención de una obligación dictada por la corte derivada de infracciones de tránsito y de otro tipo que hayan dado lugar a restricciones del privilegio de manejar. Se aplica la cuota del programa de $50. Comuníquese con la corte para determinar su elegibilidad.

Pagos

El pago puede hacerse en efectivo o mediante giro postal, cheque de caja o tarjeta de crédito. NO se aceptan cheques personales. Los pagos pueden hacerse en persona o por correo (una vez determinado el monto adeudado y en función de la elegibilidad), siempre que el pago vaya acompañado de un formulario de participación firmado. Los pagos y los formularios de participación llenados y firmados pueden enviarse por correo a: Kern County Superior Court, 1415 Truxtun Ave, Bakersfield, CA 93301. Lamentablemente, los pagos no pueden hacerse a través del sitio web o del sistema telefónico automatizado (IVR, por sus siglas en inglés) debido al requisito del formulario de participación.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre información del Programa de Amnistía de tránsito de las cortes de California

Video sobre el Programa de Amnistía de tránsito de las cortes de California (en inglés) (tendrá que registrarse para tener acceso.)

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